El trámite tiene como
objeto las quejas o sugerencias formuladas por los ciudadanos en relación
con los servicios y actividades llevados a cabo por la Diputación de
Valencia en el ámbito de sus competencias.
Las quejas se formularán con ocasión de tardanzas, desatenciones o por
cualquier otro tipo de actuación irregular que los ciudadanos observen en el
funcionamiento de las dependencias administrativas y, en general, para
manifestar la insatisfacción de los usuarios con los servicios y actividades
prestadas.
Las sugerencias se dirigirán a la mejora de la calidad de los servicios, al
incremento del rendimiento o el ahorro del gasto público, a la
simplificación de trámites o la supresión de los innecesarios, o a cualquier
otra medida que suponga un mayor grado de satisfacción de la sociedad en sus
relaciones con la Diputación de Valencia.
Las quejas y sugerencias se
presentarán a través del registro telemático de la Diputación Provincial de
Valencia, siguiendo las indicaciones que se muestran al acceder al registro.
Desde el momento en que se ha registrado telemáticamente la queja, la Diputación
de Valencia dispone de un plazo de veinte días hábiles para informar al
interesado de las actuaciones realizadas para resolver la queja.
El transcurso de dicho plazo se puede interrumpir en caso de que defectos u
omisiones detectados impidan su adecuada tramitación. En este caso, el
departamento al que se haya remitido la queja, los comunicará al interesado para
que en el plazo de diez días hábiles proceda a subsanarlos.
Podrán formular quejas y/o sugerencias cualquier ciudadano que desee manifestar
su disconformidad con la prestación de los servicios ofrecidos por la Diputación
y sus organismos dependientes, o proponer mejoras en la calidad de los servicios
públicos, especialmente aquéllas que puedan contribuir a simplificar, reducir o
eliminar trámites o molestias en sus relaciones con la administración.
Es aconsejable que los interesados
presenten, adjuntando al formulario que recoge la queja o la sugerencia, en
formato electrónico, toda aquella documentación que consideren de interés. La
documentación se adjunta en el campo “anexar documentación” al final del paso 1
antes de “validar y continuar”.